miércoles, 12 de noviembre de 2008

Aviso Modificatorio Nro 1

Números de cascos:
Todos los barcos deberán exhibir en ambas bandas de su casco un numero identificatorio provisto por la organización. Estos números no deberán estar colocados a más de 0,6 metros a partir del punto mas a proa del casco o su prolongación vertical.

Identificación de la clasificación:
Los barcos clasificados en los 3 primeros puestos de la tabla deberán llevar los identificatorios provistos por la organización. Estos deberán ser colocados de acuerdo a las instrucciones que serán publicadas en el TOA.

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